Inconstitucional cobro de intereses moratorios
Esta sentencia sienta un precedente para otros 300 casos que se encuentran en el TC.

El Tribunal Constitucional (TC) emitió un fallo en que determina que la Sunat no puede cobrar intereses moratorios fuera del plazo legal.
Precisan que el cobro de intereses es inconstitucional “en el tramo en el que la autoridad administrativa excede el plazo legal por causas atribuibles a ella”.
Esto fue establecido luego de que la empresa Paramonga exigiera que no se le cobre la mora generada fuera del tiempo que pretendía la Sunat.
En efecto, al momento de presentar reclamos o apelaciones por una deuda, la Sunat y el Tribunal Fiscal (TF) tienen un plazo para resolverlos.
En el caso de Paramonga, tanto la Sunat como el TF sobrepasaron el plazo por más de cuatro años, tiempo en que la deuda del contribuyente siguió generando intereses. El TC determinó que “la demora en la resolución del procedimiento administrativo por parte de la administración tributaria se ha traducido en un perjuicio significativo para la demandante”. Con esto se determina que la empresa no deberá pagar esos intereses.
OTROS 300
La sentencia sienta precedente para otros 300 casos que se encuentran en el TC y otros 1,000 adicionales en distintas instancias del Poder Judicial. Uno de los más sonados es el caso de Telefónica, que tiene enorme deuda tributaria.
El tributarista Jorge Picón comentó que es previsible que la sentencia “se va a repetir en todos los demás casos”.
Fuente: diario Expreso